GUAU. ANIMALES SINTIENTES

Se avecina octubre, empezará la temporada de caza y por tanto más pronto que tarde nos encontraremos con perros abandonados en las orillas de caminos y carreteras, o perdidos y desorientados en el monte, o lo que es peor sacrificados en el monte por los dueños que los esclavizaron, o sencillamente por prestar un deber de lealtad no merecido y que mueran en acto de servicio en las fauces de un jabalí.

Desconozco porque no soporto a los cazadores, quizá porque me parezca una conducta primitiva, de la edad de piedra o  anterior al diluvio y no del siglo XXI, tal vez porque nunca vi a mi padre o a mi abuelo blandir una escopeta, no lo sé, pero odio que se mate a un ser vivo por matar, un disparate carente de la más mínima ética y sentimiento. Si por alguna razón te gustan los deportes de precisión y asir un arma apúntate a un club de tiro olímpico, o cómprate una cámara fotográfica e inmortaliza la naturaleza pero deja de ir perdonando vidas por el mundo pegando tiros sin sentido con cara de cromañon.

Afortunadamente los animales han dejado de ser cosas para la legislación española. Nuestro ordenamiento jurídico los considera “seres sintientes” y por tanto son merecedores de un tratamiento legal diferente a la de cualquier objeto inanimado. Entre otros derechos gozan de los siguientes:

  • No podrán ser embargados, hipotecados, abandonados, maltratados o apartados de uno de sus dueños.
  • En caso de separación o divorcio debe tomarse en cuenta su bienestar o su proteccióEl Código Civil no solo introduce cuestiones básicas como la  anterior, y se dice que en separaciones y divorcios se decidirá el régimen que se va a aplicar a los animales, teniendo en cuenta no solo los intereses de los humanos, sino del animal.
  • Se regula la custodia compartida de los animales de compañía en caso de separación. Las medidas que adopte el juez pueden ser modificadas cuando así lo aconsejen no solo las necesidades de los hijos, sino también las de los animales de compañía. Además, la autoridad judicial podrá acordar la participación de los cónyuges en los gastos de manutención y cuidado del animal, y decidir el destino de este si no hay acuerdo entre los miembros de la expareja, teniendo en cuenta tanto el interés de la pareja como el bienestar de la mascota.
  • Desde ahora, los jueces podrán decidir que los padres no compartan los hijos con sus exparejas cuando vayan a separarse si han maltratado o amenazan con causar malos tratos a animales de compañía como forma de violencia vicaria o de género para controlar o victimizar al cónyuge o a los niños.
  • Estos seres vivos también se considerarán en los testamentos. Si no hubiera últimas voluntades, los animales se entregarán a los herederos que los reclamen. Si no fuera posible, se entregarán al órgano administrativo o centro que tenga encomendada la recogida de animales abandonados hasta que se resuelvan los trámites de sucesión. Si ninguno de los sucesores quiere hacerse cargo, la administración podrá cederlo a un tercero para su cuidado y protección.
  • Quien encuentre a un animal perdido deberá entregarlo a su propietario o a quien sea responsable de su cuidado, salvo si hay indicios fundados de malos tratos o de abandono, cuando lo pondrá en conocimiento de las autoridades. Si lo devuelve al propietario o responsable de su cuidado, podrá reclamar los gastos de curación y cuidado.
  • Prohibición de dejar a un perro sin supervisión más de 24 horas.
  • La Leymodifico el Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil y afecta, como declaración genérica, a todos los animales (de compañía, domésticos, silvestres o salvajes) que han de ser tratados teniendo en cuenta su bienestar y su protección.

            Que los animales son seres vivos con capacidad de sentir, dotados de sensibilidad, con unos intereses y derechos que hay que tener en cuenta, ya estaba reconocido en el derecho comunitario e incluso de forma sutil en el Código Penal desde 2003 y en leyes administrativas de algunas comunidades autónomas. Bueno en Galicia queremos seguir matando lobos a diestro y siniestro, de ahí la reciente reunión de nuestra Conselleira con la Comisión Europea para manifestar a dicha Institución que en Galicia somos unos “mata lobos”, y que queremos seguir matando de forma selectiva, en fin, sin comentarios.

Perros no más de 24 horas solos.

-La eutanasia solo se producirá si está justificada, con el único fin de evitar el sufrimiento del animal y bajo control veterinario. Nada más. Está prohibido en centros de protección animal, públicos o privados; y en clínicas veterinarias o zoológicos por otros motivos a los contemplados en la ley, como pueden ser las cuestiones económicas, carencia de plazas, abandono del dueño.

Se creará, espero que pronto y de forma efectiva, un registro estatal donde se inscriba la identidad de las personas físicas o jurídicas, inhabilitadas penal o administrativamente para el ejercicio de profesión, oficio o comercio relacionado con animales, así como para la tenencia de animales. No se trata de crear una lista negra, lo que realmente se pretende es evitar que si un profesional como un veterinario está inhabilitado durante ocho años, pueda ejercer en ningún lugar de España, o que un maltratador animal pueda convivir con él.

Solo falta endurecer las penas desde el punto de vista criminal, esto es vía código penal y mandar a los cazadores a “tirar al plato”. Me preguntaran muchos amigos después de leer esta reflexión personal ¿Carlos, por qué te metes en estos charcos?. Relajadamente les contestaré: “Es vergonzoso para nuestra especie que siendo el  perro el mejor amigo del hombre, sea el hombre el peor amigo del perro”. (Eduardo Lamazón, amante del Boxeo).

“Los animales no humanos también son seres sintientes, experimentan dolor, ansiedad y sufrimiento, físico y psicológico, cuando se les mantiene en cautividad o se les priva de alimento, por aislamiento social, limitaciones físicas o cuando se les presentan situaciones dolorosas de las que no pueden librarse”.

¿Se puede considerar explotación de un ser sintiente el hecho de que desempeñe una labor que podría realizar un humano sin contraprestación alguna?. Por Ejemplo cuidar un rebaño, o vigilar una nave industrial etc.

Ahí les dejo la pregunta.

Si algún animal de dos patas se siente ofendido, los siento, pero lo hice con todo el cariño que se merecen, así sea Putin el ofendido.

Buen fin de Semana. Guau